El objetivo de este módulo es definir el concepto de cooperación descentralizada, delimitar su marco legal e institucional, acotar su ámbito de trabajo y conocer sus distintos modelos y actores en el territorio. Todo ello, además, tiene en cuenta la situación de crisis y de desigualdad global, agravada especialmente tras la pandemia de la COVID19 y la actual guerra en Ucrania.
La definición de cooperación descentralizada ha ido evolucionando y modificándose en las últimas décadas, pero no ha logrado un consenso por parte de los diferentes actores implicados en su desarrollo. En este módulo se pretende delimitarla con una propuesta propia y una nomenclatura única para poder manejarse en el conjunto de este curso.
Esta propuesta conceptual sobre cooperación descentralizada ha ido evolucionando adquiriendo valor y legitimidad y se ha ido a adaptando a los retos que plantea el contexto actual y las agendas globales. La base de la propuesta sobre cooperación descentralizada parte de un cambio de paradigma sobre la cooperación que aporta la propia naturaleza de sus actores, los gobiernos locales y que permite ofrecer una mirada mucho más igualitaria, horizontal y simétrica, alejándose del paradigma de lucha contra la pobreza y la asimetría del modelo asistencial Norte-Sur y donante-receptor.
Asimismo, se muestran las limitaciones legales e institucionales que aún existen en la mayoría de países europeos y latinoamericanos y que todavía plantea una cierta inseguridad jurídica que hay que solventar.
Los marcos institucionales ayudan muchas veces a concretar e incluso a estimular las acciones locales y el abanico de posibilidades que se abre ante ellos es muy amplio. Sin embargo, a menudo todavía existe una brecha entre la teoría y la práctica, y suele ocurrir que algunas actividades de cooperación descentralizada no forman parte de una estrategia política coherente con el modelo de ciudad y su plan de gobierno, que incluya además una mirada territorial.
Los desafíos globales a los que habrá que hacer frente en un futuro próximo marcan sin duda la agenda internacional de todos los países y también de la cooperación descentralizada que se lleva a cabo desde los gobiernos locales y regionales.
La cooperación descentralizada es una de las formas de cooperación al desarrollo que actualmente cuenta con mayor actividad y dinamismo. Durante los últimos años, ha evolucionado tanto en número de actuaciones, actores implicados y en la diversidad de las modalidades. Ha adquirido un reconocimiento y una legitimidad cada vez mayor en el sistema de cooperación internacional y en algunas de las principales agendas globales.
Durante el proceso de consulta sobre la localización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) lanzado por Naciones Unidas en 2013 y 2014, bajo la coordinación del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (UN-Hábitat) y Ciudades y Gobiernos Locales Unidos (CGLU), se destacó la importancia de la cooperación descentralizada en la implementación de la Agenda 2030.
El término “cooperación descentralizada” es empleado de manera cotidiana en el ámbito de la cooperación al desarrollo y de la acción internacional de los gobiernos locales. Sin embargo, todavía no existe una definición plenamente aceptada por el conjunto de actores: organismos internacionales, gobiernos centrales, gobiernos locales y regionales, actores no gubernamentales, academia, expertos y otros operadores del sistema internacional.
De hecho, se da la paradoja que cuando estos actores se disponen a debatir al respecto, pueden llegar a la conclusión de que están hablando de fenómenos diferentes. Esto se refleja en las distintas definiciones que han ido surgiendo, que difieren en función de los elementos que definan el concepto (actores y liderazgos, ámbito de actuación, grado de articulación con el gobierno central, tipo de relación…). Ello ha generado ambigüedades y confusiones en la utilización de los términos y dificultades en la identificación y análisis de las prácticas de cooperación descentralizada.
El objetivo de este primer apartado es presentar las diferentes concepciones que hay sobre la cooperación descentralizada, determinar sus trazos diferenciadores y proponer una definición que será la que se siga en el conjunto de este curso.
En función del objetivo de este apartado, primero se propone un recorrido sobre las definiciones de algunas de las instituciones con mayor relevancia en el sector.
La primera será la Unión Europea, por ser la primera institución en reconocer a los actores locales como actores de desarrollo y por lo tanto, de legitimar su actuación propia en el campo de la cooperación. Se distinguen distintas fases por las que la UE ha pasado con respecto a este tema para determinar en qué momento está con respecto a la cooperación descentralizada.
Desde los años 90, la Comisión Europea (CE) reconoce a las autoridades locales como actores de cooperación. El primer precedente en el ámbito de la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) se encuentra en el artículo 12 del IV Convenio de Lomé de 1989 firmado entre la UE y los países de África, Caribe y Pacífico (ACP), donde se introdujo un enfoque innovador: la «cooperación descentralizada». En ese momento se constata la necesidad de tener en cuenta a los gobiernos locales como ejecutores de la ayuda.
Con los convenios de Cotonú del año 2005, los gobiernos locales pasaron a ser considerados “socios” y no solo ejecutores.
En 1992, la CE propone la siguiente definición de cooperación descentralizada:
“Nuevo enfoque en las relaciones de cooperación que busca establecer relaciones directas con los órganos de representación local y estimular sus propias capacidades de proyectar y llevar a cabo iniciativas de desarrollo con la participación directa de los grupos de población interesados, tomando en consideración sus intereses y sus puntos de vista sobre el desarrollo” (“Descentralized Cooperation. Objetives and Methods”, Comisión Europea, 1992).
De esta manera, la CE pone el acento de la cooperación descentralizada en un nuevo enfoque para establecer relaciones directas de los actores púbicos locales, poniendo a los intereses de la población en el centro de la cooperación.
En documentos posteriores, considera que los agentes de la cooperación descentralizada son todos aquellos actores que no forman parte del gobierno central, sean públicos o privados (ONGDs, organizaciones locales y comunitarias, asociaciones, sindicatos, agentes económicos, agrupaciones profesionales, universidades, etc…). Por lo tanto, en ese momento no se diferencia el rol específico de los agentes públicos frente al resto de actores no estatales.
El Parlamento Europeo aprobó en marzo de 2007 una resolución sobre las autoridades locales como actores de desarrollo (firmada Pierre Shapira) en la que se reconocía el papel de los gobiernos locales en las políticas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio y para garantizar la buena gobernanza. Asimismo, enfatizó su rol como entes dinamizadores de los agentes territoriales y su capacidad para alentar la participación ciudadana en la vida pública. La resolución remarcaba la necesidad de distinguir claramente la especificidad de las autoridades locales con respecto a los agentes no estatales.
El informe de la Comisión de Desarrollo del Parlamento Europeo sobre las entidades locales y la cooperación al desarrollo fue presentado por Pierre Shapira, alcalde adjunto de París y diputado europeo.
Un año más tarde, en octubre de 2008, la CE reconoció el rol de los gobiernos locales en el sistema de cooperación y su papel como vectores de desarrollo a través de la Comunicación COM (2008) 626 “Autoridades locales: agentes de desarrollo”. A pesar de ello, el texto continúa situando a las autoridades locales y los agentes locales (sociedad civil) en un mismo nivel en la cooperación descentralizada, y la conceptualiza desde una perspectiva financiera.
Más adelante, la CE adopta una nueva Comunicación COM (2013) 280 “Capacitación de las autoridades locales en los países socios en aras de la mejora de la gobernanza y la eficacia de los resultados del desarrollo” que da un paso importante en el reconocimiento de la especificidad de los gobiernos locales en temas internacionales y la necesidad de mantener un diálogo con ellos a la hora de definir las agendas y prioridades temáticas de la cooperación.
Este avance tuvo el respaldo del Consejo Europeo (2013) que, además, apuntó la especificidad de la cooperación descentralizada desde el punto de vista del tipo de relaciones establecidas entre autoridades locales. Asimismo, apuntó a los ámbitos de actuación a partir de las características propias de los gobiernos locales:
La UE debería seguir apoyando y coordinando las iniciativas de cooperación transfronteriza y descentralizada entre las autoridades locales de Europa y de los países socios basadas en asociaciones duraderas entre instituciones semejantes.
La cooperación descentralizada entre autoridades locales de la UE y autoridades homólogas de terceros países puede aportar un valor añadido a la aplicación de las acciones de desarrollo, mediante iniciativas de aprendizaje permanente inter pares, la transferencia de conocimientos técnicos y la mejora de la participación de los agentes locales en el espacio público a nivel local.
Ante la definición y el concepto descrito por la Unión Europea, algunos países han aportado su propia definición de cooperación descentralizada.
Francia es un referente en el reconocimiento y apoyo a la cooperación descentralizada y uno de los primeros países en revisar su marco legal para dar cabida institucional a la acción internacional de los gobiernos locales. La Ley de orientación de 6 de febrero de 1992 relativa a la administración territorial de la República estableció el marco jurídico de la cooperación descentralizada.
A partir de 2007, la ley Thiollière confirma y amplía la Ley de 1992, estableciendo que la cooperación descentralizada es una competencia reconocida oficialmente a los gobiernos locales. Además, estos pueden actuar sin la necesidad de firmar convenios, cuando realizan acciones de carácter humanitario o cuando llevan a cabo acciones de cooperación en proyectos de “agua y saneamiento”, en virtud de la Ley Oudin / Santini de 2005 y ampliada posteriormente.
La definición de la cooperación descentralizada queda establecida en la Ley de 4 de febrero de 1995 y recuperada en la circular del 20 de abril de 2001 de la forma siguiente:
La cooperación descentralizada incluye el conjunto de acciones de cooperación internacional realizadas mediante convenios con un objetivo de interés común por una o varias corporaciones territoriales francesas (regiones, departamentos, municipios y mancomunidades), por una parte, y una o varias autoridades locales extranjeras, por otra parte, en el marco de sus competencias mutuas.
La cooperación descentralizada desde el punto de vista francés se basa sobre todo en sus actores (las colectividades territoriales, relación entre homólogos) así como en la modalidad contractual y el grado de articulación con los gobiernos centrales; y no sobre el contenido, que puede ser extremadamente variable.
Las colectividades están llamadas a respetar los compromisos internacionales de Francia en el marco de sus acciones exteriores.
El informe del Ministerio de Asuntos Exteriores sobre la acción exterior de las colectividades territoriales francesas (Informe Laignel, 2013) propuso una revisión y actualización del marco legal para desarrollar más la articulación entre los diferentes niveles de la administración francesa, en el marco de una “diplomacia de los territorios”. La Ley de Orientación y Programación N.º 2014-773 (COMMISSION NATIONALE DE LA COOPÉRATION DÉCENTRALISÉE, 2019), del 7 de julio de 2014, ante la creciente diversidad de tipos de cooperación emprendidas, adoptó la noción de Acción Exterior de las Colectividades Territoriales (AECT), menos restrictiva.
Las AECT incluyen además de la cooperación descentralizada, la ayuda humanitaria y de urgencia, las acciones de promoción económica y de proyección cultural. Estas relaciones, a diferencia de la cooperación descentralizada, no reposan necesariamente en compromisos formales con una autoridad local extranjera.
El concepto utilizado por la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (2020) va más allá de la definición de los actores de la cooperación descentralizada, definiendo sus principales características específicas:
La cooperación descentralizada es el conjunto de las acciones de cooperación internacional que realizan o promueven los gobiernos locales y regionales. Se caracteriza por ser un modelo dinámico, con visión de mediano y largo plazo, en donde se ve implicada la responsabilidad política y la legitimidad, con el propósito de potencializar el desarrollo en el territorio, con la participación directa de los grupos de población interesados.
Esta conceptualización resulta relevante no solo porque incorpora la especificidad de la cooperación descentralizada sino también por el hecho de ser utilizada como referente por instituciones rectoras de la cooperación internacional de otros países de América Latina, como es el caso de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional.
Para saber más sobre el trabajo de la APC-Colombia se puede consultar la lista de preguntas frecuentes de esta agencia.
En el año 2019, la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, en su documento "Política de Cooperación Internacional de Uruguay para el Desarrollo Sostenible al 2030" definió a la cooperación descentralizada como:
“Aquella que proviene de administraciones públicas regionales o locales y se dirige a otras administraciones locales públicas o a actores no estatales (ONG y movimientos sociales, universidades o centros de investigación, cámaras de comercio)”.
Al igual que en el caso francés, la cooperación descentralizada desde el punto de vista uruguayo se base en sus actores.
En el V Plan Director de la Cooperación Española- 2018-2021, se plantea que la Cooperación Oficial Descentralizada es “aquella que realizan las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales (provincias, cabildos, diputaciones, mancomunidades y municipios)”.
En el mismo documento se remarca su valor añadido como expresión de la diversidad de sensibilidades y pluralidad de intereses existentes en España, y por su cercanía a la ciudadanía. Es especialmente pertinente, agrega, en la asistencia técnica y el diálogo sobre políticas en sus ámbitos competenciales propios.
Diversos organismos internacionales aportan la propia definición de cooperación descentralizada desde su propio punto de vista.
Para el CAD de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) la cooperación descentralizada se refiere a los flujos de ayuda oficial al desarrollo que los gobiernos locales y regionales destinan a los países en desarrollo.
Si bien esta perspectiva no se ha traducido en una definición, sí se ve reflejada en documentos y estadísticas del CAD, por ejemplo, en un documento de 2005 realizado para recoger las aportaciones de AOD de los gobiernos locales y regionales de los países miembros (OECD, 2005). Se trata de una visión que remarca la dimensión financiera de la cooperación y no rescata la especificidad propia de la cooperación descentralizada.
En un documento más reciente (OECD, 2018) el CAD amplía su mirada sobre la cooperación descentralizada, aunque sin formular un nuevo concepto, al sostener que se ha vuelto más compleja, multiactor, y combina la AOD y otras actividades destinadas a desarrollar capacidades y compartir prácticas.
El Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-HABITAT) define en 2001 la cooperación descentralizada cómo sinónimo de “City-to-City Cooperation.
“‘City-to-City Cooperation” cubre todas las posibles formas de relación entre autoridades locales de cualquier nivel en dos o más países en donde se colabora conjuntamente sobre cuestiones de interés mutuo, con o sin apoyo externo […].” (ONU-HABITAT Y WACLAC, 2001)
Esta definición resulta interesante pues incorpora el concepto de “interés mutuo”. Además, abre la posibilidad de formas de cooperación descentralizada diferente a la Norte-Sur, pues no hace referencia a la cooperación de gobiernos subnacionales destinada a los países en desarrollo, como sí lo hace la conceptualización del CAD.
La evolución del concepto de cooperación descentralizada de CGLU está estrechamente vinculado con los cambios en la organización y funcionamiento interno de la red.
CGLU contó durante un tiempo con una comisión de trabajo, liderada por el gobierno de la ciudad de Lyon, denominada de Cooperación Descentralizada. Dicha comisión brindó la siguiente definición:
La cooperación descentralizada es un partenariado solidario entre colectividades locales extranjeras. Está dirigido a consolidar esencialmente la gobernanza de los territorios. Fortalece las capacidades de las autoridades locales para lograr las competencias de la cada vez más grande descentralización de las diferentes regiones del mundo.
La cooperación descentralizada se define por la legislación de los Estados. Las acciones se centran en los campos de competencia de los poderes locales: desarrollo urbano; agua; saneamiento; espacios verdes; gestión de servicios… Se puede desarrollar de diferentes formas según los países: mediante una ayuda financiera y/o un intercambio de experiencias; directamente por la colectividad territorial y/o un operador exterior; en forma bilateral y/o a través de redes de colectividades.
En 2010 la Comisión de Cooperación Descentralizada fue fusionada en la de “Cooperación al desarrollo y diplomacia de las ciudades”, cuya secretaría estaba asentada en la Federación de Municipios Canadienses (FCM). Durante este período, CGLU refuerza la idea de la especificidad de la cooperación descentralizada, y en particular de la desarrollada en forma directa- entre pares- por las autoridades locales:
“La cooperación entre gobiernos locales depende del aprendizaje entre pares y el intercambio de buenas prácticas en el seno de la estrategia de intervención. Es este carácter específico el que la distingue de todas las demás formas de cooperación internacional” (CGLU, 2013).
En 2016, CGLU brinda una novedosa definición de cooperación descentralizada (CGLU, 2016):
La cooperación descentralizada se refiere a la cooperación de los gobiernos subnacionales. Opera en paralelo con la cooperación de Estado-Estado. Bajo el paraguas de la cooperación descentralizada tienen lugar varias formas de cooperación, incluida la cooperación de ciudad a ciudad y de asociación a asociación, y los partenariados Sur-Sur y Triangular.
Esta definición de cooperación descentralizada incorpora tres elementos novedosos:
En el mismo año, el Congreso de CGLU celebrado en Bogotá creó los Consejos Políticos dentro de su estructura. En uno de ellos (“Consejo político de CGLU sobre oportunidades para todos, cultura y diplomacia de las ciudades: claves para el desarrollo sostenible y la paz”) se subsumió la anterior Comisión de Cooperación al Desarrollo y Diplomacia de Ciudades. En esta ocasión, presenta la cooperación descentralizada como una de las dimensiones de la diplomacia de ciudades; y la vinculada con las iniciativas para la construcción de capacidades a través del intercambio entre ciudad y el aprendizaje entre pares (Peer-Learning).
Analizando las anteriores definiciones de cooperación descentralizada, los rasgos fundamentales que las caracterizan y/o diferencian pueden agruparse en relación con tres aspectos: los actores, la lógica de la relación y los ámbitos de actuación.
Se trata de definir si se refiere únicamente a gobiernos locales y regionales o a todas aquellas organizaciones públicas y privadas que no sean gobiernos centrales.
La primera definición establecida por la Unión Europea considera la cooperación descentralizada como la ejercida por actores no estatales, sean públicos o privados.
Este criterio mezcla tipos de actores (autoridades locales, sector privado, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas, etc.) que pueden tener lógicas y estrategias diferentes y no reconoce la especificidad de la cooperación que llevan a cabo los gobiernos locales.
Otras definiciones ponen el acento exclusivamente en las acciones de cooperación desarrolladas por los poderes públicos locales o regionales (por ejemplo, las definiciones de España, Francia, Uruguay, Colombia y el CAD).
En este grupo de definiciones también es posible identificar dos vertientes diferentes:
Si bien este es el caso de la definición del gobierno central de España (donde conviven ambas modalidades) la referencia del V Plan Director de la Cooperación Española a que la cooperación descentralizada “es especialmente pertinente en la asistencia técnica y el diálogo sobre políticas en sus ámbitos competenciales propios”, pareciera indicar una revalorización de la modalidad directa.
Se observa una diferencia entre las definiciones que conciben la cooperación descentralizada como una implicación activa del gobierno local o regional de las que se considera que es suficiente que pongan en juego sus recursos económicos.
En relación con los actores, llama la atención la definición de Uruguay en que se hace referencia no solo a los actores de donde provienen las iniciativas de cooperación descentralizada (exclusivamente los gobiernos locales) sino también a los actores hacia los cuales ellas pueden dirigirse. En este caso, menciona tanto a gobiernos locales como a actores no estatales; es decir, la cooperación descentralizada no necesariamente es entre homólogos, a diferencia del enfoque francés.
Fruto del dinamismo de los últimos años de la cooperación descentralizada Sur-Sur y triangular, varias de las definiciones más recientes reconocen explícitamente que la cooperación descentralizada implica partenariados entre socios de diferentes países, incluyendo las relaciones:
Es el caso de las definiciones de CGLU y de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia.
En relación a la lógica de relación entre los actores
Cabe recordar que las primeras expresiones de cooperación al desarrollo se basaban en una lógica unidireccional y asistencial, donde la transferencia de recursos era el instrumento predominante. Algunas definiciones de cooperación descentralizadas (como la del CAD) parecen asentarse en este tipo de relación.
Las nuevas tendencias de la cooperación al desarrollo se alejan del paradigma clásico de ayuda (de relaciones asistenciales y asimétricas entre el “donante” y el “receptor”) para proponer un enfoque de la cooperación asentado en relaciones horizontales entre socios. A estas modalidades responden las concepciones de cooperación descentralizada (CGLU, Consejo Europeo y PNUD) que enfatizan la relación entre homólogos, y en la construcción de relaciones de partenariado horizontales para el intercambio de experiencias y el aprendizaje entre pares.
En relación a los ámbitos de actuación
Algunas definiciones, como la clásica del CAD, consideran a la cooperación descentralizada como una de las fuentes de la AOD, junto con los estados y los organismos internacionales. Estas concepciones no otorgan una especificidad temática a la cooperación descentralizada, ni sugiere un valor añadido en comparación con otros tipos de cooperación.
Por el contrario, otras aproximaciones conceptuales, como las mencionadas anteriormente del PNUD, CGLU, Colombia y el Consejo Europeo, apuntan a los ámbitos de actuación a partir de las características propias de los gobiernos locales. Atendiendo a su especificidad y valor añadido tiene más sentido ubicar la cooperación descentralizada en el entorno de los asuntos suscritos a las competencias locales.
Este sentido pareciera ser el que subyace en el documento del CAD de 2018 donde, aún considerando a la cooperación descentralizada como una de las fuentes de la AOD, reconoce que pueda haber otro tipo de relaciones, vinculadas a desarrollar capacidades y compartir prácticas.
Existen otras interpretaciones, como la francesa, que ofrecen un abanico de ámbitos de actuación más amplio que la cooperación al desarrollo, como la cooperación transfronteriza, la interregional, la territorial o los hermanamientos.
Este curso toma como referente la propuesta que realiza el Observatorio de Cooperación Descentralizada UE-AL (OCD UE-AL) ya que se trata de la institución encargada de impulsar el Curso de Cooperación Descentralizada UE-AL.
A lo largo de su estudio sobre la materia desde 2005, el OCD UE-AL fue avanzando en la construcción de un concepto de cooperación descentralizada pública que pone el acento en el liderazgo de la administración local en las relaciones de cooperación descentralizada. En concreto y según palabras de su primer director, Jean-Pierre Malé (2006):
Entendemos por cooperación descentralizada pública (CDP) el conjunto de las acciones de cooperación que realizan los gobiernos locales y regionales y designamos como “cooperación descentralizada pública directa” una parte solamente de lo anterior, es decir, las relaciones directas de cooperación que se establecen entre gobiernos locales y regionales de ambos continentes, sobre la base de la implicación y autonomía de dichos agentes.
Por eso, el OCD UE-AL presta una atención especial a la cooperación donde los gobiernos locales tienen un papel central en la programación, promoción y gestión de las acciones sin depender del Estado central o de organismos internacionales.
Otra característica que define la cooperación descentralizada según el OCD UE-AL ha sido la lógica de relaciones que la distingue frente a otro tipo de cooperaciones. En este sentido, la cooperación descentralizada apunta a relaciones alejadas de las dinámicas jerárquicas y asimétricas que caracterizan a la cooperación asentada en el paradigma de ayuda “donante-receptor”.
Sin negar la existencia de un tipo de prácticas que conservan algunos elementos del enfoque de la cooperación como “ayuda”, la cooperación descentralizada local se asienta básicamente sobre los principios de multilateralidad, interés mutuo y partenariado; y tiende cada vez más hacia iniciativas que agregan un valor añadido a las actividades, basado en la propia especificidad de los ámbitos de competencia y experiencia de los gobiernos locales (ROMERO, 2006)
Con el tiempo la concepción del OCD ha ido cambiando en función de varios factores:
La aparición de conceptos vinculados a la gobernanza multinivel (horizontal y vertical) han orientado la visión del OCD hacia marcos conceptuales que valorizan la participación de otros actores (del territorio o que actúan en él) pero siempre bajo el liderazgo de las autoridades locales en las iniciativas de cooperación descentralizada.
Asimismo, el OCD valoriza y pone en el centro de su visión sobre la cooperación descentralizada la especificidad y el valor añadido de este tipo de relación, y por lo tanto no comparte el enfoque clásico del CAD.
En este sentido y con el objetivo de disponer de una concepción que vertebre al conjunto de este curso, se propone la siguiente definición:
La cooperación descentralizada es una modalidad de cooperación liderada por los gobiernos locales, necesaria y complementaria a la cooperación bilateral y multilateral, cuyos objetivos e instrumentos permiten avanzar hacia formas de cooperación más simétricas, donde la reciprocidad y el aprendizaje mutuo se conviertan en ejes centrales de las relaciones entre gobiernos locales.
No existen unos límites conceptuales entre cooperación descentralizada y acción internacional de los gobiernos locales universalmente compartidos y asumidos. El debate no está cerrado y prueba de ello es la diversidad de formas de organización, de nomenclatura y de marcos legales e institucionales que amparan las políticas públicas locales de relaciones exteriores y de cooperación descentralizada. Sin embargo, cada vez son más los gobiernos locales que ven la cooperación descentralizada como una modalidad de la acción exterior de los gobiernos subnacionales.
Para el OCD la cooperación descentralizada no es sinónimo de acción internacional de los gobiernos locales, un concepto mucho más amplio que, aun incluyendo a la cooperación descentralizada, se refiere también a otras dimensiones de las relaciones internacionales de los gobiernos locales, como la proyección exterior, la atracción de inversiones o la incidencia política en las agendas internacionales.
La cooperación descentralizada ha evolucionado de forma relevante en las últimas décadas, observándose un tránsito —gradual y aún no consolidado— desde un paradigma de cooperación vertical hacia otro de carácter horizontal. Es posible identificar las lógicas de estos paradigmas detrás de las definiciones y conceptos analizados en el apartado 1 de este módulo.
Los hermanamientos entre ciudades que comenzaron a impulsarse a finales de los años cincuenta pueden considerarse como el antecedente de la cooperación descentralizada, aunque aún no se utilizaba este concepto. En la mayoría de casos, estos hermanamientos tenían un claro componente solidario, asistencialista y de ayuda, bajo la lógica del paradigma de lucha contra la pobreza. Eran construidos sobre una base colonial, de relaciones entre las metrópolis y sus ex colonias.
En las décadas de los 70 y 80, los hermanamientos y acuerdos de colaboración de muchas ciudades europeas adquirieron un perfil político-ideológico, estableciéndose relaciones con ciudades de países en procesos revolucionarios, como Nicaragua, El Salvador y Cuba.
A principios de la década de los 90 (y particularmente tras la Cumbre de la Tierra de 1992) los movimientos de solidaridad en diversos países desarrollados orientados a promover el compromiso de los países ricos con el desarrollo, impactaron sobre las relaciones de cooperación de los gobiernos locales del Norte.
Así, algunas administraciones locales europeas comenzaron a destinar parte de su presupuesto a estas actividades, bajo un tipo de cooperación donde la solidaridad constituía el fundamento de la acción (FERNÁNDEZ DE LOSADA, 2010).
Se consolidan, entonces, dos tipos de modalidades de cooperación descentralizada (con peso diferente cada uno, según los países):
Paralelamente, en América Latina muchos gobiernos locales iniciaban (o potenciaban) un proceso de creciente involucramiento en la actividad internacional, incluidas las relaciones de cooperación descentralizada.
Impulsada por estas realidades en ambas regiones, la cooperación descentralizada eurolatinoamericana adquirió un gran dinamismo, siendo en este contexto en el cual surgen las primeras conceptualizaciones del fenómeno.
Estas primeras relaciones de cooperación descentralizada, como en el caso de los hermanamientos, se construyeron en su gran mayoría bajo modelos verticales, siguiendo la lógica de cooperación como ayuda o asistencia. Emulaban las prácticas propias de la AOD basadas en la transferencia de recursos como instrumento fundamental, pero en este caso, entre gobiernos locales “donantes” y “receptores”.
Bajo este paradigma, la cooperación descentralizada es vista como fuente de recursos para paliar la situación de grupos vulnerables o compensar parcialmente la escasez de sus finanzas locales. Esta lógica conllevaba una relación asimétrica y jerárquica entre el donante (que marcaba el tema de la relación, la tipología, modalidad y agenda) y el receptor (que ejecutaba el proyecto en su territorio y justificaba los gastos al donante).
Desde hace algunos años, este paradigma viene siendo cuestionado en el ámbito eurolatinoamericano, particularmente a partir de dos evidencias.
La revalorización del refuerzo de las capacidades de los gobiernos locales para generar procesos de desarrollo requiere más de recursos cualitativos y estratégicos que materiales.
Paulatinamente, las relaciones de cooperación descentralizada han ido adquiriendo nuevas dinámicas, encaminadas hacia un nuevo tipo de paradigma centrado en la construcción de alianzas de corte horizontal entre gobiernos locales. A través de vínculos de partenariado los socios se relacionan en términos de igualdad, a pesar de situarse en contextos asimétricos.
Este enfoque se diferencia del paradigma vertical, basado en relaciones asimétricas donante-receptor.
En el paradigma horizontal, por tratarse de relaciones entre homólogos, el liderazgo lo ejercen los gobiernos locales y/o regionales quienes, mediante relaciones directas entre ellos, tratan de encontrar soluciones para hacer frente a sus desafíos. Por lo tanto, son relaciones basadas en el partenariado, en una relación entre pares, cuya motivación tiene un origen de interés mutuo y busca soluciones compartidas desde un enfoque multilateral y alejado de fórmulas verticales.
Se trata de relaciones donde realmente toma sentido el término “cooperar” ya que la relación es horizontal y genera beneficios para todos los actores participantes. Sin embargo, en este tipo de relaciones pueden —y es aconsejable que así sea— intervenir otros actores del territorio (sociedad civil, sector privado, universidades, etc.), pero siempre bajo el liderazgo del poder político local.
Por todo ello puede sostenerse que los principios en los que se basa este nuevo paradigma son:
Para el paradigma horizontal el verdadero valor añadido de la cooperación descentralizada no se sitúa en los recursos movilizados sino en la construcción de partenariados que sirven para intercambiar experiencias, conocimientos y aprendizajes entre “homólogos”. Propicia la generación de espacios para el debate político para compartir visiones sobre problemáticas compartidas y da cabida, en ciertos casos, para el beneficio mutuo.
Otro valor agregado de este tipo de cooperación descentralizada es la oportunidad que brinda —dada la capacidad que tienen los gobiernos subnacionales de articular a los actores que operan en su territorio— de generar relaciones e intercambios entre estos actores territoriales y sus homólogos de otros territorios.
A pesar de estas potencialidades la cooperación descentralizada bajo formas de partenariado —que ha sumado a las clásicas relaciones Norte-Sur formatos articulados también en forma de cooperación Sur-Sur y Triangular— las relaciones entre gobiernos locales no siempre son horizontales, ni recíprocas ni igualitarias.
Buena parte de los gobiernos subnacionales en el espacio eurolatinoamericano todavía siguen viendo a la cooperación descentralizada como una fuente de recursos, y arrastran prácticas verticales y asistencialistas, propias del paradigma de la ayuda al desarrollo.
Como se ha señalado en el punto anterior, el paradigma de relaciones horizontales permite un mejor aprovechamiento del valor añadido propio de la cooperación descentralizada.
Su especificidad proviene de los elementos distintivos de los gobiernos subnacionales:
Cuentan con legitimidad política, como instituciones democráticas elegidas por sufragio universal y por lo tanto les permite establecer libremente acuerdos y alianzas estratégicas.
Son las instituciones con experiencia y competencia contrastada en políticas públicas locales que incluyen aspectos de gestión de la vida cotidiana de su población y de profundización democrática de la gobernabilidad local:
Sobre estas experiencias y competencias pueden establecer vínculos de largo plazo, generando mayor sostenibilidad en sus impactos.
Son la administración más próxima a la ciudadanía y al territorio. Son los niveles de gobierno que tienen un mayor conocimiento sobre las necesidades y potencialidades de su territorio, y cuentan con una posición privilegiada para establecer un diálogo con los agentes territoriales y ejercer de puente entre ellos. Esta proximidad incrementa la eficacia de las acciones de cooperación descentralizada.
Las autoridades locales pueden además movilizar y dinamizar a los agentes sociales y económicos del territorio, asumiendo un rol catalizador y de promoción del tejido productivo local, mejora de las capacidades locales y fomento del empleo.
Tienen una experiencia directa en temas de interés entre homólogos a nivel internacional: la descentralización del Estado, el principio de subsidiariedad, el desarrollo territorial, la gobernanza democrática local o las políticas urbanas.
Estas características demuestran que a pesar de que los gobiernos sub-nacionales comparten con los gobiernos estatales o nacionales el hecho de ser administraciones públicas y formar parte de la Administración del Estado, tienen funciones y agendas muy diferentes que aportan nuevas formas de relacionarse en el escenario internacional.
Los Estados actúan en general en un contexto de relaciones de fuerza y en un entorno de competencia y, por lo tanto, son propicios a usar mecanismos coercitivos propios de las relaciones exteriores. En cambio, los gobiernos sub-nacionales suelen estar más predispuestos a establecer relaciones de cooperación de manera horizontal, buscando colaboración, dado que son portadores de una lógica de proximidad y de atención ciudadana directa.
Por lo tanto, los gobiernos sub-nacionales pueden contribuir a cambiar las lógicas imperantes en el sistema internacional e impulsar otras formas de organización más humanas, que avancen hacia un cambio de modelo que permita la salvaguarda del planeta y de sus habitantes.
El marco legal e institucional en el cual se desarrolla la cooperación descentralizada —y en términos generales, la acción internacional de los gobiernos locales— puede ser abordado desde tres perspectivas:
Ya se ha planteado que durante las últimas décadas los gobiernos locales han pasado de ser meros espectadores o sujetos pasivos de las acciones de cooperación programadas por los gobiernos centrales u organismos internacionales, a convertirse en verdaderos sujetos activos de la cooperación al desarrollo. Incluso, han forjado una modalidad propia: la cooperación descentralizada. Sin embargo, ello sucede sin que los gobiernos locales sean reconocidos como sujetos del derecho internacional.
Con la Paz de Westfalia y la instalación de los Estados-Nación (siglo XVII), las relaciones internacionales se constituyeron en un ámbito monopolizado por los gobiernos centrales. Estos asumieron el rol de salvaguardar su soberanía y el interés nacional a través de sus relaciones internacionales, su política exterior y las instituciones creadas para tales fines, entre ellas, el derecho internacional.
En este marco, se comprende que solo se reconozca a los Estados-Nación (representados por sus respectivos gobiernos centrales y los organismos multilaterales u organizaciones internacionales creados por aquellos) como sujetos de derecho internacional.
Formalmente los gobiernos subnacionales son sujetos “invisibles” ante el derecho internacional, pues no disponen de un marco normativo que los reconozca como sujetos de derecho internacional.
En un contexto en el cual se multiplica la cantidad de acciones internacionales de los gobiernos subnacionales y el número de los actores involucrados; y se incrementa la “calidad” de sus actuaciones, esta invisibilidad refleja claramente que el derecho internacional no está adaptado a las nuevas realidades globales.
En la práctica, sin embargo, en los últimos años se observa un progresivo reconocimiento de la comunidad internacional sobre la calidad de “actor internacional” —aunque no de “sujeto del derecho internacional”— de los gobiernos subnacionales, desde una “perspectiva más centrada en la idea de autonomía que en la de soberanía” (RUSSELL, 2010).
En la siguiente tabla se presentan las principales etapas del proceso de reconocimiento de los gobiernos locales como actores internacionales por parte de los organismos internacionales:
Fecha y actor | Evento/Documento | Efecto en el reconocimiento de los Gobiernos Locales |
---|---|---|
1985 CE |
Carta europea de la autonomía local | Propuesta a los gobiernos nacionales para que reconozcan la facultad de los gobiernos locales de asociarse y cooperar a nivel internacional (44 países signatarios). |
1989 CE |
Art.12 IV Convenio de Lomé (UE-APC) | Enfoque innovador sobre cooperación descentralizada (considera a los actores no estatales como ejecutores de ayuda). |
1992 CE |
Creación de la línea presupuestaria B7-5077 CE |
Generalización del enfoque de Lomé al resto de países en vías de desarrollo. |
1995 CE |
Lanzamiento de URB-AL Primera fase (1995-2000) |
Programa regional específico de apoyo a la cooperación descentralizada con AL (su tercera fase finalizó en julio 2013). |
1996 NNUU |
Declaración de Estambul | Conferencia ONU-HABITAT II: reconocimiento de las autoridades locales como socios más cercanos a los Estados en la aplicación del Programa ONU-Habitat. |
1999 NNUU |
Creación de UNACLA | Comité de las NNUU Asesor de Autoridades Locales. Grupo de Alto nivel de alcaldes y representantes de asociaciones de gobiernos locales, creado para participar en la ejecución del Programa ONU-Habitat. |
2000 y 2005 CE |
Convenio de Cotonú y su posterior revisión | Consideración explícita de las autoridades locales como asociados de pleno derechos y no simples ejecutores de ayuda. |
2001 NNUU |
Resolución de la Asamblea Nacional de Naciones Unidas | Declaración sobre el papel de las ciudades en el nuevo milenio. |
2003 NNUU |
ONU-Habitat invita a UNACLA | Invitación de UNACLA a participar en los debates sobre los principios y marcos jurídicos para la aplicación del Programa ONU-Habitat. |
2004 CGLU |
Creación de CGLU | Ciudades y Gobiernos Locales Unidos. |
2004 NNUU |
Informe Cardoso | Propuesta núm. 17: planteamiento a la Asamblea General de Naciones Unidas para proclamar la autonomía local como principio universal Propuesta núm. 18: llamado a los representantes de Naciones Unidas a establecer relaciones con las autoridades locales y sus asociaciones. |
2007 Parlamento Europeo |
Resolución Pierre Shapira | Reconocimiento del papel de los gobiernos locales para alcanzar los Objetivos del Milenio establecidos en el año 2000 por Naciones Unidas y para garantizar la buena gobernanza. |
2007 UE |
Lanzamiento del Programa “Actores No Estatales y Autoridades Locales en Desarrollo” | Programa temático en el marco del instrumento de financiación de la Cooperación al Desarrollo. Primera distinción entre autoridades locales y actores no estatales. |
2008 UE |
COM (2008) 626 “Autoridades locales: agentes de desarrollo” | Reconocimiento del rol de los gobiernos locales como actores de desarrollo. |
2008 UE |
Carta Europea de la cooperación en apoyo a la gobernanza local | Anexo a la COM 626 afirmando el derecho de los gobiernos locales a ejercer iniciativa en relación a cualquier ámbito incluido en sus competencias con el fin de apoyar la dimensión local de desarrollo. |
2008 Comunidad Internacional |
Programa de Accra Tercer Foro Alto Nivel |
Art. 13: reconocimiento de los gobiernos locales en el desarrollo y de la necesidad de reforzar sus capacidades para asumir una función activa en el diálogo sobre políticas de desarrollo. |
2011 UE |
COM (2011) 637 “Incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE: programa para el Cambio” | Consideración de los GL como actores clave para afianzar los derechos humanos (DDHH), la democracia y la buena gobernanza. |
2011 Comunidad Internacional |
“Alianza Global para la cooperación eficaz al desarrollo” Cuarto Foro Alto Nivel en Busán |
Art. 21 establece el rol esencial de los parlamentos y gobiernos locales para reforzar los vínculos entre el estado y los ciudadanos y asegurar una apropiación democrática. |
2012 CE |
Documento temático “Las autoridades locales en el desarrollo” | Documento que enmarca el proceso de consulta a los GL sobre el nuevo periodo de programación 2014-2020 de la CE sobre la cooperación al desarrollo. |
2012 (sept.) CE |
COM (2012) 942 | Comunicación resultado del Diálogo Estructurado sobre la participación de la sociedad civil y los gobiernos locales en la cooperación al desarrollo. Se vuelve a reconocer el papel de los gobiernos locales como agentes de desarrollo con derecho de iniciativa. |
2012 (junio) NNUU |
Cumbre Río +20 | Lanzamiento intergubernamental sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (SDGD). Campaña de participación en el debate por parte de CGLU y Organización de las Regiones Unidas (ORU-FOGAR) para vertebrar una agenda menos ambientalista y más centrada en la gobernabilidad urbana y en la cohesión territorial. |
2012 (julio) ONU |
Programa post-2015 | Inicio del debate sobre la finalización de los ODM y el programa post-2015 nombrando un Grupo de Alto Nivel. Participación de los GL en los procesos de consulta temáticos y regionales. |
2013 (marzo) CGLU |
Grupo de Trabajo Global (Global Taskforce) | Grupo creado por CGLU y diferentes redes transnacionales (Metropolis, Association Internationale des Maires Francophones (AIMF), Commonwealth Local Government Forum (CLGF), FOGAR, International Council for Local Environmental Initiatives (ICLEI), Network of Regional Governments for Sustainable Development (Nrg4SD) y UNACLA) para contribuir conjuntamente a los debates internacionales con especial incidencia en la Agenda Global 2030 y la Nueva Agenda Urbana Global. |
2013 (agosto) UE |
COM (2013) 280 | “Capacitación de las autoridades locales en los países socios en aras de la mejora de la gobernanza y la eficacia de los resultados del desarrollo” reconocimiento de la especificidad de los gobiernos locales en temas internacionales y la necesidad de diálogo con ellos para determinar las agendas y prioridades temáticas de la cooperación europea. |
2014 | CAD | Aceptación de los gobiernos subnacionales como miembros de pleno derecho en el Comité Directivo de la Alianza Global para la Cooperación al Desarrollo eficaz. |
2015 (agosto) | ONU | Ban Ki-moon, Secretario General de la ONU, señala que los gobiernos sub-nacionales y locales juegan un papel relevante en la implementación de desarrollo de acuerdo a las circunstancias de cada estado, así como para fomentar la participación de la sociedad civil y el sector privado. |
2015 (setiembre) | Agenda 2030 y ODS | Los gobiernos locales jugaron un papel importante influyendo en la definición de los ODS, haciendo una campaña exitosa para conseguir un objetivo independiente sobre Ciudades Sostenibles y Asentamientos Urbanos (ODS 11), y obteniendo el reconocimiento internacional del papel fundamental de los gobiernos locales en el desarrollo sostenible. |
2016 ONU-Hábitat |
Hábitat III | La III Conferencia del Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Habitat) que aprobó la Nueva Agenda Urbana reforzó la importancia de incorporar plenamente a las autoridades locales en la agenda de desarrollo en un mundo crecientemente urbanizado. |
Fuente: MALÉ, J.P. y CORS, C (2013).
Más allá de este progresivo reconocimiento de los gobiernos locales, y tal como, señalaba en 2015 el CGLU (CGLU, 2015):
Los gobiernos locales y regionales deben seguir abogando durante los próximos años para un salto en su reconocimiento como actor en la gobernanza mundial. Hoy tenemos el mismo estatus que la sociedad civil, con acceso limitado a los procesos de la ONU y a las instituciones multilaterales. Nuestra legitimidad democrática como instituciones de gobiernos locales y regionales debe ser reconocida otorgándonos un estatus especial en Naciones Unidas y dentro del sistema multilateral, para contribuir a una gobernanza global más democrática y responsable.
Desde entonces, se han producido pocos avances, y queda aún mucho camino por recorrer. En este sentido, en las conclusiones de la VII Conferencia del OCD UE-AL “La cooperación descentralizada como mecanismo para abordar la desigualdad y fortalecer la democracia en los territorios” (Montevideo, diciembre de 2019), se vuelve a insistir en la necesidad de un mayor reconocimiento jurídico de los gobiernos locales como actores internacionales, así como el establecimiento de un marco legal.
A nivel nacional, la potencia y envergadura de la cooperación descentralizada y acción internacional de los gobiernos locales se ha traducido en muchos países en avances significativos que indican una mayor apertura legal e institucional. Sin embargo, dicha apertura varía de un país a otro e incluso dentro de un mismo país. Esta situación a menudo sitúa a los gobiernos locales en una zona “gris” bastante indefinida, que imprime de inseguridad jurídica a su actuación exterior.
Para el caso europeo, un estudio realizado por Agustí Fernández de Losada (2012) para la Comisión Europea señala que los estados miembros presentan, de manera conjunta, un marco legal e institucional heterogéneo para abordar la cooperación descentralizada: mientras algunos países la han reconocido y regulado, otros no cuentan con un marco legal específico.
Como se sintetiza en el siguiente cuadro, el autor identifica 5 grupos diferentes de países dentro de la Unión Europea, en relación con su marco legal de cooperación descentralizada.
Marco legal para la participación de las autoridades locales en la cooperación descentralizada
Ley específica. | Francia, Reino Unido. | |
Ley general sobre cooperación internacional al desarrollo que reconoce y regula las competencias de las AL en este campo. | Ley del gobierno central | Bélgica, República Checa, Estonia, Italia, Letonia, Lituania, Eslovenia, España. |
Leyes regionales | Bélgica, Italia, España. | |
Leyes que regulan el estatus y las competencias de los gobiernos locales reconociendo las capacidades de las AL ámbito internacional. | Bulgaria, Croacia, Finlandia, Grecia, Hungría, Irlanda, Malta, Rumanía. | |
Leyes generales sobre cooperación internacional al desarrollo que no mencionan a las AL. | Austria, Chipre, Dinamarca, Luxemburgo, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Suecia. | |
Ninguna ley sobre el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo | Alemania, Países Bajos. |
En un texto más reciente (FERNÁNDEZ DE LOSADA, 2016), el mismo autor muestra un marco normativo de cooperación descentralizada y acción internacional de los gobiernos locales también muy desigual en el contexto iberoamericano:
En el ámbito latinoamericano, resultan interesantes algunos casos particulares:
En Argentina, el artículo 124 de su Constitución de 1994 establece:
Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación; con conocimiento del Congreso Nacional.
En este caso, conviene hacer dos aclaraciones: no hace referencia específica a cooperación descentralizada sino a competencias más generales en materia de acción internacional; y otorga estas competencias solo al nivel intermedio de gobierno, las provincias, y no a los municipios.
La Constitución de Ecuador confiere a los gobiernos subnacionales competencias exclusivas para la gestión de la cooperación al desarrollo en el marco de sus competencias y dentro de los límites territoriales que tienen asignados. En este caso, el reconocimiento y marco legal se circunscribe a la cooperación al desarrollo y no a toda la acción internacional de los gobiernos locales.
En Colombia, el reconocimiento de la cooperación descentralizada se da a través de una norma sectorial que regula la cooperación al desarrollo del país: el decreto de creación de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, de 2011. Allí se establece entre las funciones de esta entidad “promover, gestionar y facilitar las acciones de cooperación descentralizada que reciban y otorguen las entidades territoriales”.
Es uno de los casos, junto con Brasil y México, que no regula la cooperación descentralizada.
Chile es país con un sistema político unitario, que creó en el año 2014 un área dedicada a la Cooperación Descentralizada, dentro de la estructura de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional.
Por otro lado Brasil, país con un sistema político federal que cuenta con gobiernos subnacionales muy activos en la cooperación descentralizada y en las relaciones internacionales en general, pero con una Constitución que otorga competencia en materia internacional exclusivamente al presidente de la República.
En la praxis, el sistema no es tan estricto como parece en la norma: a pesar que no hay un reconocimiento explícito de esta competencia en los gobiernos subnacionales, Brasil ha creado mecanismos e instituciones que presuponen la acción internacional y la cooperación descentralizada de sus gobiernos locales y regionales.
Brasil creó una Asesoría especial de Asuntos Federativos y Parlamentarios dependiente de la Presidencia, que tiene entre sus funciones apoyar a los gobiernos subnacionales en sus relaciones internacionales.
Otro ejemplo fue la autorización otorgada por el gobierno central al Estado de San Pablo a firmar acuerdos de cooperación con el Reino Unido, Francia y EEUU.
Para el caso de Brasil, se recomienda buscar y leer el texto de Deisy Ventura y Marcela García Fonseca (2012) titulado “La participación de los entes subnacionales en la política exterior de Brasil y en los procesos de integración regional”, que se incluye en la Revista CIDOB d’afers internacionals.
México sigue manteniendo el monopolio de las relaciones internacionales, pero concretamente Ciudad de México es un caso paradigmático y único en América Latina, ya que introdujo la temática de la acción exterior en su Constitución en el año 2017.
En su Artículo 20 “Ciudad Global” reconoce la vocación pacifista, solidaria, hospitalaria y de asilo de la ciudad, así como la importancia de fortalecer su presencia y participación en el escenario global a través de la cooperación internacional y la participación en redes de ciudades.
El desarrollo de la cooperación descentralizada y de la acción exterior de los gobiernos locales no depende únicamente del marco jurídico establecido a nivel nacional. A menudo las prácticas se llevan a cabo a partir de diferentes dispositivos que tienen los gobiernos nacionales para estimular, contener o, al contrario, controlar a los gobiernos locales en su acción exterior.
El abanico de realidades nacionales es diverso y encontramos posturas que se mueven desde los más celosos, con acciones que demuestran una cierta resistencia al fenómeno (control, marco legal poco propicio, restricciones presupuestarias, etc…), hasta los que han entendido que el proceso es irreversible y gradualmente han ido apoyando a sus gobiernos locales.
En este último caso se trata de diferentes tipos de medidas de apoyo a la cooperación descentralizada por parte de los gobiernos nacionales y organismos internacionales, que se resumen en las siguientes:
En algunos casos, el apoyo se traduce en el registro de información que realizan los estados centrales sobre la cooperación descentralizada de sus gobiernos territoriales, motivada por razones estratégicas y/o operativas de los gobiernos nacionales y las instituciones internacionales.
Entre las razones estratégicas podrían mencionarse:
Entre las razones operativas estarían:
En función del objetivo de este tipo de apoyo, la unidad de medida y registro será diferente. Las actuaciones concretas (proyectos) es la más usual, teniendo como referente a la OCDE (2005), aunque no todos sus miembros recopilan AOD de sus gobiernos locales.
También se puede encontrar información de estas características en el ATLAS de cooperación del Comité de las Regiones, o en algunos países, como por ejemplo España.
Respecto a la cooperación descentralizada bajo la modalidad de “partenariado”, es más minoritario el registro, aunque se dispone de diversos referentes entre los que destacan casos como el gobierno central de Francia o el de Argentina.
Sobre la recogida de información y la posibilidad de consultar en España, se sugiere la dirección de Internet de la Federación Española de Municipios y Provincias, concretamente de su Comisión de cooperación.
Algunos gobiernos centrales y organismos internacionales promueven las acciones de cooperación descentralizada facilitando formación a los gobiernos locales mediante cursos o jornadas de exposiciones sobre temas específicos.
En sus inicios, dicha formación parecía dirigirse más al manejo de los instrumentos de la cooperación al desarrollo, como por ejemplo el dominio del Enfoque de Marco Lógico en la gestión de proyectos. Con el tiempo las formaciones se fueron centrando en necesidades específicas de la cooperación descentralizada.
Algunos gobiernos centrales y organismos internacionales promueven encuentros entre autoridades locales de sus respectivos territorios y homólogos de otros territorios.
Francia, a través de la Comisión Nacional de Cooperación Descentralizada de su Ministerio de Relaciones Exteriores, organiza este tipo de encuentros en México, Brasil, Argentina y Chile.
Otros ejemplos son los encuentros promocionados por el gobierno colombiano en partenariado con los responsables del programa PNUD-ART; y el Foro Iberoamericano de Gobiernos Locales, que cuenta con el apoyo de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) en la que están representados los gobiernos centrales iberoamericanos.
Una prueba clara de la profundidad del compromiso de ciertos gobiernos centrales con la cooperación de los gobiernos locales es la existencia de órganos articuladores con vocación permanente.
El ejemplo más relevante es Platforma, ámbito de relación entre la UE y los gobiernos locales creado en 2007 para coordinar el diálogo en pro de un mayor reconocimiento de los gobiernos locales como actores de cooperación, la orientación de las políticas de desarrollo y la mejora de las prácticas.
A nivel de gobiernos centrales existen múltiples ejemplos, como es el caso de España, donde el organismo que desarrolla dichas competencias es la “Comisión Interterritorial de Cooperación al Desarrollo”. Se trata de un “foro de colaboración y concertación” con el fin de que un adecuado intercambio de informaciones y criterios permita un mejor uso de los fondos que cada una de las Administraciones públicas dedica a la cooperación al desarrollo, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales” (Real Decreto 22/2000, de 14 de enero).
En algunos países, las instancias rectoras de la cooperación internacional ofrecen apoyo a sus gobiernos subnacionales para la planificación, implementación y evaluación de iniciativas de cooperación descentralizada, por ejemplo, Argentina, México, El Salvador.
Algunos gobiernos centrales generan programas de financiación para apoyar las actuaciones presentadas por gobiernos locales de su territorio con homólogos extranjeros.
Tienen programas de financiación el gobierno central holandés a través de VNG Internacional (brazo internacional de la Asociación de Municipios de Holanda), o el gobierno francés, que desarrolla esta labor a través de la Comisión Nacional de Cooperación Descentralizada.
En América Latina, pueden mencionarse los programas de apoyo a la financiación de iniciativas de cooperación descentralizada de Argentina, Brasil (actualmente no vigente), Colombia y Chile.
En el caso de los apoyos a la cooperación descentralizada por parte de Organismos Internacionales, existen experiencias relevantes que han fomentado las relaciones entre gobiernos subnacionales.
Son ejemplos de ello el programa PNUD-ART y el programa URB-AL de la Comisión Europea. Este último caso, concebido como un programa de cooperación horizontal, asentado sobre partenariados entre gobiernos locales de Europa y América Latina, se desarrolló en tres fases desde 1995 hasta 2013.
Su última fase (2009-2013) tuvo como objetivo el impulso de políticas públicas locales que contribuyan a incrementar el grado de cohesión social en las colectividades subnacionales de la región. En esta etapa el programa contó con cerca de 1,8 millones de beneficiarios, estuvo integrado por 20 proyectos de cooperación implementados en 74 territorios latinoamericanos, generó o fortaleció 131 políticas públicas locales que contribuyen a impulsar la cohesión social en más de 500 municipios latinoamericanos.
Lamentablemente hoy en día tanto PNUD-ART como el programa URB-AL han desaparecido. Actualmente el nuevo programa de financiación 2021-2027 de la UE no ofrece ningún programa específico orientado a los gobiernos locales. Por ello, es urgente hacer incidencia para recuperar el apoyo financiero a la cooperación descentralizada y especialmente entre la UE y AL. Durante los últimos años, la UE ha ido perdiendo interés en AL y otros, como China, han ido ganando protagonismo y imponiendo otros modelos, valores y prácticas de cooperación descentralizada.
Más allá de la existencia de estos dispositivos de apoyo y de cierta apertura legal, no hay que subestimar el hecho de que la cooperación descentralizada puede convertirse en un elemento de pugna política y jurídica entre diferentes niveles de gobierno. Es indudable la vinculación de la apertura jurídica e institucional con el grado de descentralización del país, el modelo territorial de los partidos políticos gobernantes y las tensiones internas de la coyuntura política.
A pesar que en los últimos años las relaciones de cooperación descentralizada se han constituido en una práctica habitual para muchos gobiernos locales, todavía son pocas las ciudades y regiones que han institucionalizado sus actividades en torno a una política pública local.
A menudo los gobiernos subnacionales desarrollan su actividad en este campo de manera coyuntural y periférica, sin ser parte integrante de la agenda política del gobierno local. Se trata de una visión sectorial que considera a la cooperación descentralizada (y a las relaciones internacionales en general) como una actividad en sí misma, basada en la suma de acciones puntuales (normalmente erráticas) y desligada del resto de la vida municipal (MALÉ, 2009).
Bajo esta lógica de gestión puntual de acciones, generalmente la cooperación descentralizada se desarrolla sin un marco estratégico que las oriente, planifique, articule y les dé sentido integral.
Si se considera a la cooperación descentralizada como parte integrante de una política más amplia de acción exterior de los gobiernos locales, la articulación aún es menor puesto que a menudo las actuaciones no son coordinadas por un mismo departamento y responden a lógicas y a temáticas a veces muy dispares.
Esta modalidad de abordar la cooperación descentralizada desde la gestión local se traduce en desorden, dispersión y falta de coherencia entre las actividades; y entre estas y las prioridades de desarrollo del territorio, generando un impacto poco efectivo y sostenible en el territorio.
En consecuencia, se requiere superar este enfoque tradicional de gestión puntual de acciones, transformando a la cooperación descentralizada en una política pública local, que le otorgue coherencia, efectividad y durabilidad a las prácticas.
Existen numerosos estudios sobre construcción, formulación y desarrollo de políticas públicas (SUBIRATS, J.; KNOEPFEL, P.; LARRUE, C.; VARONNE, F., 2008). No es propósito profundizar aquí en estos análisis, sino remarcar algunos elementos básicos que debe contener una política pública local de cooperación descentralizada:
Una política pública local de cooperación descentralizada debe contar con orientaciones estratégicas que permitan que las acciones a desarrollar sean determinadas por las prioridades locales y se sustenten en el modelo de desarrollo adoptado por y para el territorio.
Ello implica reconocer que la cooperación descentralizada constituye una política pública trasversal (que obliga a un trabajo articulado con las distintas dependencias/áreas de gobierno) y no una actividad en sí misma.
Una política pública local de cooperación descentralizada debe contar con un programa de actividades que responda a las orientaciones estratégicas y tenga continuidad.
Las políticas públicas se caracterizan por constituir un conjunto de acciones que rebasan el nivel de la decisión única o específica, pero que no llegan a ser una declaración de carácter muy amplio o genérico.
Fuente: SUBIRATS, J.; KNOEPFEL, P.; LARRUE, C.; VARONNE, F., (2008).
Una política pública local de cooperación descentralizada debe contar la activación de servicios específicos dentro de la administración pública local, con objetivos, funciones, instrumentos y recursos propios. Sin embargo, ello no quiere decir que la cooperación descentralizada sea una competencia exclusiva de una oficina; por el contrario, es muy común que la realicen diversas áreas sectoriales de un gobierno local.
Lo importante es que exista una oficina de cooperación descentralizada o de relaciones internacionales que “siga el cumplimiento de la estrategia internacional y dé coherencia a las acciones internacionales en las que participan las otras dependencias” (ZAPATA, 2007).
Por lo tanto, la cooperación descentralizada debe entenderse desde una mirada transversal y no sectorial que permita la movilidad de todos los departamentos; y desde un enfoque integral que contribuya a beneficiar al conjunto de la administración local.
Una política pública local de cooperación descentralizada debe contar con mecanismos claros de orientación a resultados, rendición de cuentas, transparencia, seguimiento y evaluación. En el módulo 5 de este curso se abordarán estos mecanismos.
Una política pública local de cooperación descentralizada requiere de una concertación con los actores del territorio. Sin la participación de la ciudadanía y los actores territoriales (ONGDs, universidades, escuelas de profesionales, sindicatos, empresas y organizaciones sectoriales) es muy difícil y poco viable la efectividad y legitimidad de cualquier política pública.
En el mismo sentido, se requiere de una articulación con actores que, sin ser del territorio, actúan en él. En el apartado 6 de este módulo se retoman estos temas con mayor profundidad.
Una política pública local de cooperación descentralizada debe contar con una estrategia de comunicación. “La comunicación es un eje vertebrador que contribuye a la democratización del diseño y la gestión de políticas públicas porque hace partícipe a la comunidad en la definición y resolución de los problemas, permite difundir las políticas a la ciudadanía, los medios y los tomadores de decisiones, y moviliza saberes y prácticas compartidas” (MALÉ et al., 2014).
Esta función de la comunicación es aún relevante para la cooperación descentralizada, por tratarse de una política en un ámbito no tradicional de las funciones de los gobiernos locales; y por ello, no siempre es entendida y a menudo es cuestionada por determinados estereotipos que la asimilan a la realización de viajes internacionales, En el módulo 5 de este curso se trata específicamente este tema.
La construcción de una política pública de cooperación descentralizada debe entenderse como un proceso, con etapas o componentes que van avanzando de manera progresiva, aunque no siempre lineal.
Estas dos ciudades capitales han venido apostando por una institucionalización que permita vincular las acciones internacionales y la cooperación a la agenda pública local.
Los avances en la materia se pueden reflejar en tres factores claramente identificados:
Se puede profundizar más en este caso consultando el artículo de Denisse Grandas (2019) titulado “La cooperación descentralizada y las estructuras institucionales para la internacionalización de los gobiernos no centrales; Los casos de Bogotá y ciudad de México” (véase bibliografía).
Asimismo, existen gobiernos intermedios que brindan apoyo a los municipios de su jurisdicción para la elaboración de sus respectivas políticas públicas de cooperación descentralizada. Tal es el caso de la Diputació de Barcelona.
En el marco de este Programa, la Diputació de Barcelona, a través de su Oficina de Cooperación al Desarrollo, pone a disposición de los entes locales de su demarcación, recursos económicos y técnicos para fomentar la cooperación descentralizada
El Programa contiene tres ejes principales de trabajo:
Para ello, además de recursos financieros, la Diputació ofrece a los municipios una metodología de trabajo: “Pautas metodológicas generales para la elaboración de un Plan Municipal de Cooperación al Desarrollo” (2019).
Desde el año 2003, la Diputació de Barcelona ha apoyado a más de 50 Ayuntamientos de su provincia en la realización de sus planes directores de cooperación al desarrollo; y a 14 de sus gobiernos locales en la elaboración de planes de relaciones internacionales.
Para más información consultar: Programa de suport a les polítiques locals de Cooperació al Desenvolupament.
Se ha sostenido que una política pública local de cooperación descentralizada o de relaciones internacionales debe contar con orientaciones estratégicas que permitan que las prácticas se vinculen con las necesidades, prioridades y retos del territorio. Es decir, para que dicha política sea eficiente, inclusiva y duradera, debe estar determinada por el “modelo de desarrollo” del territorio, definido en el marco de un plan estratégico, plan de desarrollo, plan de gobierno, o en la agenda pública del gobierno local, según cada caso.
Una política pública de cooperación descentralizada debe tener coherencia con el modelo de desarrollo definido para el territorio.
A pesar de que entre los responsables gubernamentales parece existir una conciencia clara de que es necesario avanzar hacia una mayor coherencia de políticas públicas (incluida la de cooperación descentralizada), el verdadero desafío es determinar y consensuar cuál es el fin último que debe perseguir esta coherencia” (MILLÁN, 2014).
Ella puede estar orientada hacia la ampliación de las opciones y oportunidades de todas las personas —es decir, al desarrollo humano sostenible y con enfoque de derechos humanos— o hacia un desarrollo entendido solo como crecimiento económico.
Sea como fuere, el enfoque de la coherencia de políticas públicas para el desarrollo puede “conceptualizarse como la integración de la perspectiva de desarrollo en el diseño, implementación y evaluación de todas las políticas públicas de un país —en este caso de una ciudad o región—, lo que implica transversalizar el trabajo por el desarrollo en toda la acción gubernamental”.
Si el modelo de desarrollo adoptado por un gobierno local —y al menos en teoría, así lo es en la mayoría de los casos— es el desarrollo humano sustentable y basado en enfoque de derechos humanos, entonces “el fin último del trabajo por la coherencia consiste en modificar progresivamente las políticas públicas para integrar de manera transversal la perspectiva de desarrollo humano”. Y esto incluye a las políticas públicas de cooperación descentralizada.
En este caso, como en el de todas las políticas públicas, la coherencia se debe dar en dos niveles:
Hace referencia a la convergencia entre valores, compromisos, acciones y sistemas entre la política pública de cooperación descentralizada y el modelo desarrollo del territorio. Esto a su vez garantiza coherencia entre las prácticas de cooperación descentralizada que lleva a cabo el gobierno local.
Es común observar en muchas ciudades actuaciones dispersas, sin una articulación entre ellas y sin estrategia común. Es frecuente que tengan un carácter reactivo, respondiendo a demandas, intereses o visiones externas.
Una política pública anclada en el modelo de desarrollo del territorio permite dar coherencia entre las acciones en torno a prioridades comunes.
Alude a la convergencia o divergencia entre la política pública de cooperación descentralizada y las otras políticas públicas del gobierno local, en términos de la promoción del desarrollo humano.
Es frecuente observar prácticas de cooperación descentralizada desvinculadas —e incluso a veces contradictorias— de las políticas públicas desarrolladas por un gobierno local en sus otras áreas de gestión. Todo ello conlleva costos en la eficiencia, eficacia y sustentabilidad de la acción del gobierno en este campo.
Una cooperación descentralizada anclada en el modelo de desarrollo del territorio es necesariamente complementaria con los esfuerzos de desarrollo que el gobierno lleva adelante a través de todas sus políticas públicas.
Ambos tipos de coherencias permiten, a su vez, evitar prácticas de cooperación de “exportación y replicación de modelos o soluciones” no ajustadas a las prioridades, necesidades y contextos específicos de cada territorio (URBAL3, 2012).
Desde comienzos del presente siglo —y acompañando el progresivo cambio de enfoque “de la ayuda a la cooperación horizontal” — los ejes y ámbitos de trabajo han ido transitando desde la cobertura de necesidades básicas hacia “el apoyo de las políticas públicas locales que permitan mejorar la calidad de vida de la población, reforzar la administración local, tanto técnica como políticamente, avanzar en el funcionamiento democrático y favorecer la gobernanza local” (MALÉ, 2014).
De esta forma, los ámbitos de trabajo de la cooperación descentralizada se fueron construyendo en torno a 5 ejes:
Estos ejes y ámbitos se vieron potenciados a partir de la Agenda 2030 y los ODS, que reconocen la importancia de los gobiernos locales para alcanzar las metas de desarrollo. Y para ello se requieren gobiernos locales fuertes, políticas públicas locales eficientes y una gobernabilidad democrática consolidada en los territorios, todos ellos ámbitos de trabajo de la cooperación descentralizada.
El reto del fortalecimiento institucional de los gobiernos locales es el reto del desarrollo de sus capacidades competenciales, políticas, técnicas, gerenciales y organizativas para impulsar políticas públicas eficientes e inclusivas. Aquí emerge la potencialidad y especificidad de la cooperación descentralizada: son los propios gobiernos locales, cooperando de forma directa, quienes están en las mejores condiciones de apoyar procesos de fortalecimiento institucional ya que ellos poseen la experiencia y el conocimiento sobre agendas, responsabilidades, funciones y desafíos similares.
Esas capacidades son de dos tipos:
En las del primer tipo, endógenas, las relaciones de cooperación descentralizada pueden, a su vez, abordarse desde dos planos:
El refuerzo de ambos tipos de capacidades endógenas puede orientarse hacia el fortalecimiento de la institución local en su conjunto, o bien desde una perspectiva sectorial, vinculada con cada sector y cada política pública concreta (URBAL3, 2013).
La cooperación descentralizada, entendida como relaciones directas entre homólogos, se constituye en la herramienta más adecuada para el refuerzo de las capacidades de gestión. Permite “compartir, innovar, aprender y mejorar sobre cuestiones que les son estrictamente propias para la mejora de la gestión local” (FERNÁNDEZ DE LOSADA, 2020).
Desde la cooperación descentralizada, reforzar este tipo de capacidad endógena significa desarrollar iniciativas orientadas a generar innovaciones institucionales y de gestión que permitan mejorar la elaboración y ejecución de políticas públicas locales.
Se trata de iniciativas de muy variada naturaleza, tales como:
Un ejemplo de este eje es el Proyecto de Cooperación Técnica Descentralizada “Desafíos urbanos e innovación Ciudad de México-París” (Agencia Mexicana de Cooperación al Desarrollo, 2017) desarrollado en el período 2016-2017 con el apoyo del Ministerio de Europa y de Asuntos Exteriores de Francia (MAEDI.). El objetivo del proyecto fue fortalecer las capacidades técnicas y operativas de ambos gobiernos locales, por medio del intercambio de buenas prácticas, para desarrollar políticas públicas en materia de innovación, vivienda social y reconversión urbana.
La cohesión social es un concepto multidimensional e integral que combina y articula un conjunto de políticas públicas y de gestión de las mismas, orientado a construir una sociedad más equitativa y cohesionada. Por lo tanto, se trata de un proceso que no se puede reducir a la cobertura de las necesidades específicas de determinados grupos vulnerables.
Las relaciones de cooperación descentralizada encaminadas a alcanzar el objetivo de cohesión social local se pueden abordar desde diferentes ámbitos de trabajo, ejerciendo acciones de manera simultánea orientadas a varias dimensiones (URBAL, 2013):
Un ejemplo de este eje de cooperación entre diversos actores locales y regionales es el proyecto “Desarrollo Económico Territorial Inclusivo: política pública local para el desarrollo de regiones fronterizas de Centro América”- Ejecutado en su segunda fase entre 2020 y 2022.
Participaron en el mismo: la Diputació de Barcelona y la Mancomunidad Trinacional Fronteriza Río Lempa (25 municipios de Guatemala, el Salvador y Honduras), en asociación con la Asociación de Municipios de Cayaguanca (nueve municipios de El Salvador) y la Asociación Intermunicipal Cacahuatique Norte (6 municipios de El Salvador).
El proyecto —continuación de una primera fase que se desarrolló entre los años 2017 y 2019— tuvo por objetivo general la mejora de la capacidad de las entidades intermunicipales y sus municipios socios para contribuir a la inclusión social y a la dinamización de la economía local en regiones fronterizas de Centro América con un enfoque de sostenibilidad. Incluyó un componente de cooperación triangular puesto que dentro de las estrategias a desarrollar se contempló que los socios centroamericanos que participaron de la primera fase brindaran apoyo al fortalecimiento de la entidad que se incorporó en esta segunda fase, la Asociación Intermunicipal Cacahuatique Norte.
Como ya se ha planteado, existe un tipo de capacidades endógenas de los gobiernos locales de naturaleza política, vinculada con la profundización de los espacios democráticos para generar una gobernabilidad más efectiva, fuerte y colaborativa (TORNOS, J.; et al., 2012).
Se trata de fortalecer el espacio público y el acceso y defensa de los derechos políticos, económicos, sociales y culturales.
En efecto, para asegurar niveles altos de eficacia, eficiencia y calidad en el diseño y la implementación de las políticas y los servicios públicos locales, no basta con reforzar las capacidades técnico-administrativas de un gobierno local. Se requiere también una mejora cualitativa, enfocada en la consolidación y profundización de la gobernanza democrática local (URBAL, 2012).
Para ello, los gobiernos locales deben mejorar sus capacidades de “liderazgo estratégico”, como sujetos claves en los procesos de desarrollo; y de “gestión relacional”, para dinamizar y articular a todos los actores del territorio o que operan en él (SERRA, 2008).
El potencial de la cooperación descentralizada es también muy relevante para reforzar este tipo de capacidades endógenas, así como para apoyar el desarrollo o la mejora de instrumentos que vehiculen aquellas dinámicas y articulaciones (como la planificación estratégica participativa; el presupuesto participativo; la construcción de alianzas multisectoriales; mecanismos de concertación público-privada, la concertación multinivel; los mecanismos de participación ciudadana, de control, transparencia y rendición de cuentas; o los instrumentos de e-government (gobierno electrónico).
Un ejemplo de este ámbito de actuación de la cooperación descentralizada es el proyecto piloto “Diálogo entre ciudades: Urbanismo táctico y participación ciudadana”, dirigido por la ciudad de México y contando como socias a las ciudades de Medellín, Barcelona y París.
La iniciativa tiene el apoyo de la Red METROPOLIS. El proyecto se propone el intercambio entre las ciudades socias en torno a sus experiencias y conocimientos en el diseño de intervenciones específicas para recuperar espacios públicos a través de la participación ciudadana, fomentando la creatividad urbana y la innovación cívica. El proyecto se inició en 2019 y tuvo una duración de dos años.
Si bien el desarrollo económico local es una dimensión de la cohesión social, en un escenario de globalización y de interdependencia económica, la búsqueda de oportunidades para el territorio se vuelve factor clave para el desarrollo local.
Se trata de generar un desarrollo económico sostenible e inclusivo, que genere empleo digno y fomente la dinamización del tejido productivo.
Mediante relaciones de cooperación descentralizada, los gobiernos locales pueden incidir de manera decisiva en las actividades productivas de sus territorios, dinamizando sus agentes económicos, poniendo en valor sus particularidades y generando relaciones de intercambio con otros territorios.
Un ejemplo de este eje es el proyecto de cooperación entre Brest Métropole (Francia) y la Provincia de Tierra del Fuego (Argentina) apoyado por el (MAEDI).
La iniciativa, desarrollada en el período 2019-2021, tuvo por objetivo intercambiar experiencias y conocimientos en la implementación a nivel local de los marcos nacionales y supranacionales relacionados con el “crecimiento azul”. El crecimiento azul es una estrategia a largo plazo de apoyo al crecimiento sostenible de los sectores marino y marítimo.
Otros ejemplos de este eje son las experiencias recientes en el ámbito del emprendimiento y la economía cooperativa, social y solidaria, que están siendo objeto de intercambios y de encuentros entre autoridades locales de diferentes países y regiones. Como ejemplo podemos nombrar el encuentro e intercambio de experiencias que tuvo lugar en Barcelona del 27 al 29 de julio de 2.022 entre la Mancomunidad Trinacional Froteriza Rio Lempa, la Asociación de Municipios Cayaguanca, la Asociación Intermunicipal Cacahuatique Norte (AICN), el Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales de Ecuador (GONGOPE) y Terranueva con la Diputación de Barcelona donde participaban tanto la Oficina de Cooperación al Desarrollo como la Oficina Técnica de Estratégicas para el Desarrollo Económico.
La cooperación descentralizada constituye una herramienta que puede contribuir a reforzar la legitimidad, el rol como actor y las capacidades exógenas de las autoridades subnacionales para incidir en las agendas nacionales e internacionales con el propósito de mejorar su entorno normativo e institucional (FERNÁNDEZ DE LOSADA, 2020); o bien provocar cambios para conseguir bienes públicos globales.
Ello implica trabajar en temas como:
Todos ellos son factores exógenos que condicionan las políticas y los servicios públicos locales.
Sin embargo, la cooperación descentralizada también puede apoyar la capacidad de incidencia de los gobiernos locales en los temas de su interés de la agenda internacional, promoviendo su presencia “en los sistemas de representación multilaterales, creando espacios propios de presencia y promoviendo el acceso a los sistemas multilaterales de fomento y financiación del desarrollo y de gobernanza global” (SERRA, 2008).
Este constituye uno de los ejes con mayor proyección en la evolución de la cooperación descentralizada de los últimos años. Basta recordar la tarea de lobby ejercida por los gobiernos locales en las principales agendas mundiales: la Nueva Agenda Urbana, el Nuevo Acuerdo sobre el Cambio Climático (COP) y la Agenda 2030.
En esta última, los dos mayores logros del trabajo de incidencia de los gobiernos locales han sido:
Hace ya algunos años, Oscar Madoery sostenía que “lo local es el punto de encuentro de esa fuerte y particular relación entre territorio y desarrollo: el ámbito donde los actores dejan de ser espectadores y pasan a ser protagonistas de su destino común, si cuentan con proyectos políticos aglutinadores” (MADOERY, 2001).
Esta afirmación revela un trípode fundamental y sinérgico para los procesos de desarrollo sustentables e inclusivos:
El denominado enfoque territorial asume estos factores y agrega un cuarto elemento vinculado a la multidimensionalidad del territorio. En el año 2013, la CE describía este enfoque como “un proceso ascendente y dinámico a largo plazo, basado en un planteamiento multisectorial con múltiples actores y en el que los distintos agentes e instituciones locales colaboran en la definición de las prioridades y en la planificación y la ejecución de las estrategias de desarrollo”.
Para ampliar esta información, se puede consultar la comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones que lleva por título “Capacitación de las autoridades locales en los países socios en aras de la mejora de la gobernanza y la eficacia de los resultados del desarrollo” (2013).
En un documento posterior, se profundiza el concepto: “El enfoque territorial considera el territorio como un todo, como un recurso en sí mismo integrado por sus diferentes dimensiones –física, natural, social y cultural, ambiental y económica–, y su ciudadanía (COMISIÓN EUROPEA, DEVCO, 2016). El Programa de Asociación para ciudades sostenibles lanzado por la Comisión Europea en 2020, está basado en este enfoque.
El enfoque territorial se ha venido consolidando como el marco de referencia para la mejora de los procesos de elaboración de política pública, y entre ellas, las de cooperación descentralizada. La potencialidad de dicho enfoque y su aplicación se desarrollará y complementará en el módulo 3 de este curso.
El enfoque territorial se puede aplicar:
En cualquier caso, avanzar hacia marcos institucionales multiactor en una política pública de cooperación descentralizada implica abordar dos cuestiones:
El abanico de actores territoriales que inciden en el desarrollo sostenible y que pueden aportar valor añadido a los partenariados de cooperación descentralizada es muy amplio. Es necesario que cada territorio los identifique en función de sus propias realidades.
En términos generales, se podría establecer una tipología que incluye tres grupos.
El primer grupo abarca no solo a las ONGDs sino también a una multiplicidad de plataformas y organizaciones de origen social, comunitario y ciudadano que operan en el territorio:
Todas ellas tienen mucho potencial, recursos y capacidades importantes que aportar a las relaciones de cooperación descentralizada.
El segundo grupo formado por las universidades, los centros de investigación o los “think tanks” en partenariados entre ciudades, quienes pueden aportar conocimiento, capacidad de análisis y de innovación, recursos formativos y tecnología tanto para las políticas públicas que impulsan los gobiernos locales, como para el propio desarrollo de la cooperación descentralizada.
Además, vincular a la comunidad del conocimiento con los partenariados de cooperación descentralizada puede ser de mucho interés para aquellas, como vehículo para generar o consolidar sus propios programas de cooperación académica con pares de otros territorios.
El tercer grupo, el sector privado, puede aportar recursos, conocimiento, capacidades, tecnología, y contactos a los partenariados de cooperación descentralizada.
Es relativamente frecuente la implicación de las micro, pequeñas y medianas empresas —y sus asociaciones y cámaras— en relaciones de cooperación descentralizada directa. Sin embrago, en los últimos años la economía social y solidaria también se ha convertido en un sector muy dinámico y con gran potencial de colaboración en las relaciones entre gobiernos locales.
Un capítulo aparte merece el vínculo entre la cooperación descentralizada y las grandes empresas multinacionales, muchas veces cuestionado desde el ámbito local, aún cuando aquellas —normalmente a través de sus fundaciones filantrópicas— tienen cada vez más interés en las ciudades y los territorios (FERNÁNDEZ DE LOSADA, 2012).
Se apunta el estudio de la VIII Conferencia del Observatorio del año 2022 bajo el título “Repensar la cooperación descentralizada en un contexto de incertidumbres y transiciones múltiples”.
Existen otros dos actores, muchas veces no considerados, pero que son clave para toda política de cooperación descentralizada:
Finalmente, si se considera al territorio como un todo, la gobernanza colaborativa también incluye la articulación —basada en lógicas no jerárquicas— con otros niveles de gobierno que operan en el territorio (organizaciones internacionales, gobierno nacional, gobiernos intermedios y espacios supramunicipales, mancomunidades o áreas metropolitanas), la cual ha sido potenciada a través del enfoque territorial.
El gobierno local, como líder del proceso, tiene la tarea de definir mecanismos que fomenten y faciliten la implicación de los otros actores, así como la coordinación y la búsqueda de sinergias entre los mismos, y con los otros niveles de gobierno que operan en el territorio.
Se trata de generar mecanismos de gobernanza colaborativa para involucrar a todos los actores —cada uno en la/s etapas en las cuales más puedan aportar— en las fases de la cooperación descentralizada:
Sin embargo, no hay recetas únicas ni universales para poner en marcha estos mecanismos. En algunos casos, ellos estarán más institucionalizados que en otros; serán más abarcadores que otros (en términos de actores y aspectos a trabajar); serán más o menos vinculantes; serán espacios ad-hoc de participación o procesos más permanentes.
Cada gobierno local deberá generar su propio mecanismo, sobre la base de sus propias realidades, en función de su tamaño, de sus recursos y de sus capacidades de gestión. Dependerá de la vinculación preexistente con los actores del territorio e incluso de la densidad del tejido social, cultural y empresarial del territorio.
En algunos casos, los mecanismos podrán darse en el marco de procesos más amplios de planeamiento estratégico participativo del territorio. O, a veces incluso se aprovecharán las instancias de participación ciudadana preexistentes.
La Provincia de Santa Fe vivió un proceso participativo de transformación política territorial y socioinstitucional que plasmó en el Plan Estratégico Provincial de Santa Fe (Visión 2030).
En otros casos, se vehicularán a través de la creación de Consejos Consultivos con participación de diversos actores del territorio, como el caso del Consejo de Cooperación de Barcelona; o se podrá crear un dispositivo institucional específico de articulación, como es el caso de la Agencia de Cooperación e Inversión de Medellín.
La capacidad de un gobierno local de generar mecanismos de articulación multiactor, multinivel y multiterritorial en el ámbito de la cooperación descentralizada dependerá, en gran medida de:
En los últimos años el mundo se ha instalado en un contexto de crisis múltiples que sitúa sobre la mesa desafíos fuertemente disruptivos y de extrema complejidad. Desafíos que colocan a América Latina y a Europa en un escenario de retos compartidos y ante la obligación de avanzar hacia soluciones que respondan a las necesidades de una ciudadanía cada vez más expuesta y vulnerable. Pocos meses después estalló la crisis global generada por la COVID-19 y justo cuando se empezaba a recorrer el camino de la recuperación ha estallado una guerra en el corazón de Europa que está teniendo consecuencias geopolíticas globales de gran repercusión, también en las realidades locales. Por ello, cabe repensar la cooperación descentralizada en un contexto de incertidumbres y transiciones múltiples.
En este sentido, la VIII Conferencia del Observatorio celebrada a finales de junio de 2022 se propuso analizar y poner a debate colectivamente el papel de la cooperación descentralizada en el contexto de recuperación y de necesarias transiciones, profundizando sobre:
Se puede consultar el estudio resultante: Repensar la cooperación descentralizada en un contexto de incertidumbres y transiciones múltiples.
Así, este apartado pretende abordar los principales retos emanados de este contexto que deberán ser abordados para avanzar hacia una cooperación descentralizada adaptada al momento actual.
La agenda de cooperación al desarrollo está amenazada por los numerosos cambios y crisis que se han venido dando en las últimas décadas. Estos hechos desafían el bienestar y la prosperidad global del planeta y podrían concretarse, a grandes rasgos, en:
En pocos años el mundo en el cual se negociaron los Objetivos del Milenio (ODM) se ha ido transformado, producto de una serie de crisis sistémicas, afectando de manera directa a las prioridades de la agenda de la cooperación al desarrollo.
La mayoría de refugiados son personas procedentes de Siria, Ucrania o Afganistán. Para saber más sobre la crisis de los refugiados y sus consecuencias, se pueden consultar la web de ACNUR o el ODS 16: Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas.
A estas crisis hay que añadir otros factores críticos:
Del entramado de paraísos fiscales y la floreciente industria de la evasión y la elusión fiscal han contribuido a que actualmente el 1% más rico de la población mundial posea más riqueza que el 99% restante del planeta (OXFAM, 2016).
Todo ello genera desafíos globales que afectan a todo el mundo, no solo a los llamados países del sur. Por tanto, ya no sirven las políticas de desarrollo asentadas en la lógica de la gestión de la AOD y hacen falta políticas comunes que apelen a responsabilidades compartidas entre los países tradicionalmente donantes y receptores, para hacer frente al debate conjunto sobre la provisión de bienes públicos globales.
Esta situación ha impactado sobre las prioridades en los programas de cooperación al desarrollo y ha promovido nuevas alianzas entre actores. Por ejemplo, la demanda de una agenda de desarrollo más centrada en el desarrollo humano sostenible; el ejercicio de los derechos humanos desde un punto de vista de su indivisibilidad; la transparencia y responsabilidad mutua; la lucha contra los paraísos fiscales; y una mayor coordinación entre la adopción de compromisos de desarrollo globales y el establecimiento de metas locales.
En la última década el incremento de la pobreza, tanto en los países del norte como del sur, ha impulsado el desarrollo del concepto de pobreza global, que relativiza en parte el tradicional enfoque de países desarrollados frente a países en vías de desarrollo.
Incluso, el protagonismo económico de los países emergentes de principios del siglo XXI en poco tiempo ha quedado reducido a algunos países que ascendieron para quedarse (China e India), mientras otros están en retirada (Brasil, Sudáfrica y Turquía), debido en gran medida a las dificultades para sostener su crecimiento en base al alto precio de las materias primas.
Como lo advierten los análisis de las principales instituciones financieras y organismos especializados, el mundo comienza la segunda década del siglo XXI en un contexto de profunda recesión y crisis económica.
En 2020 América Latina y el Caribe lideró la recesión económica global. El PIB de la región se contrajo en un 7% y, a pesar de que en 2022 volvió a la senda del crecimiento (3,5%), las previsiones para 2023 apuntan a un estancamiento en torno al 1,7% (OECD Economic Outlook. Interim Report September 2022). En la Unión Europea el PIB se redujo hasta un 5,8% (un 6,4 en la eurozona) y aunque en 2021 se habían recuperado los niveles previos a la crisis, las principales instituciones financieras internacionales indican que la guerra está llevando la economía a una situación de estancamiento, con algunos países en riesgo de entrar en recesión a finales de 2022 y en 2023 (fuente: OECD Economic Outlook. Interim Report September 2022).
Las tensiones inflacionarias generadas por el conflicto en Ucrania han llevado la escalada de precios muchos más allá de la energía y de la alimentación, aumentando los costes de producción y afectando de forma generalizada a bienes y servicios básicos. La Unión Europea cerrará el 2022 con una inflación media del 8,5% (fuente: Eurostat), mientras que en América Latina será del 14,6% (Fuente: Statista), con países como Venezuela o Argentina instalados en situaciones crónicas y difícilmente reversibles.
Esta realidad es especialmente significativa en América Latina, donde las desigualdades económicas se ven agravadas por la informalidad en el trabajo y por brechas derivadas de dinámicas de exclusión y discriminación.
En Europa, a pesar de ser la región más cohesionada del mundo, las desigualdades también se expresan con contundencia. El 10% más rico de la población concentra el 36% de los ingresos y cerca del 60% del patrimonio personal.
En el caso de América Latina, las perspectivas económicas a inicio del 2020 no fueron muy favorables. “En el periodo 2014-2020, América Latina registró su peor desempeño económico de los últimos setenta años, y los avances sociales del ciclo expansivo de las materias primas ya se habían estancado o estaban en retroceso. El impacto económico y social de la pandemia y de las medidas para afrontarla, en tanto doble shock de oferta y demanda, han llevado a un escenario de rescisión sin precedentes. En 2020 América Latina y el Caribe lideraron la recisión económica global. El PIB de la zona se contrajo en un 7% en ese año y no se prevé alcanzar los niveles pre-pandemia hasta 2023-2024” (Perspectivas para América Latina 2021. Página 15.)
Según CEPAL (2021), en 2021 en América Latina y el Caribe la pobreza representa alrededor de un 33% de la población en términos relativos.
Aunque con magnitudes diferentes, el incremento de las desigualdades constituye también un desafío para los países europeos, desde antes de la llegada de la pandemia. En 2022 al menos una cuarta parte de la población de la UE (21,6%) vivía en riesgo de pobreza o exclusión social y las disparidades regionales no paraban de incrementarse (Fuente: World Inequaliity Report 2022).
En términos sociales, el incremento de la pobreza y las desigualdades es más acuciante en determinados colectivos de especial vulnerabilidad:
Todos ellos tienen mayor riesgo de ser excluidos. Y en algunos casos hay desigualdades que se cruzan y se refuerzan —lo que se conoce como efecto de la interseccionalidad— como, por ejemplo, las mujeres pobres e indígenas o migrantes.
Este incremento de la pobreza y las desigualdades genera un doble impacto sobre la cooperación descentralizada.
Los riesgos de exclusión de los colectivos sociales más vulnerables a los que se hizo referencia anteriormente muy probablemente estarán en el centro de la atención. Sin embargo, aunque se necesitarán acciones urgentes de apoyo a dichos colectivos sociales, ello no deberá conducir a un retorno de modalidades asistencialistas de cooperación descentralizada, cuya escasa o nula efectividad está ya comprobada.
El nivel de ingreso per cápita constituye el indicador utilizado por el CAD —y por sus países miembros— para agrupar países según su nivel de desarrollo y, por ende, para asignar los recursos financieros de cooperación para el desarrollo.
De acuerdo con la última actualización de esta clasificación, América Latina es una región de renta media, algunos de cuyos países están incluidos dentro de la categoría de ingreso medio bajo y otros de ingreso medio alto. Sin embargo, Chile y Uruguay son considerados desarrollados según el CAD.
Sobre la base del indicador del ingreso per cápita, el CAD distingue dos grandes grupos: los países desarrollados y los países en desarrollo. El último grupo se subdivide en 4 categorías:
Chile y Uruguay pasan a formar parte del grupo de países desarrollados y, por eso el CAD los considera “no elegibles” para recibir fondos de AOD.
Desde principios del siglo XXI, la conjunción de este indicador con los ODM se ha traducido en la concentración de los recursos de cooperación al desarrollo en el combate a la pobreza extrema, privilegiando a los países de bajos ingresos y generando un “efecto desplazamiento” (AYLLÓN, 2017) de los países de renta media. Ni siquiera el carácter más universal de los ODS pareciera haber logrado revertir —al menos hasta el presente— esa tendencia.
Según las estadísticas disponibles de la OCDE para el período 2020-2021 los PRM representaron el 35,5% del total de la AOD (23.7% con destino a los países de renta media baja y 11.8% a los de renta media alta). En el caso de América Latina se observa un descenso de la AOD, tanto respecto del promedio del ingreso nacional bruto como en comparación con otras regiones en desarrollo (7% del total de la AOD, incluyendo los países del Caribe).
Hace ya tiempo que se debate críticamente la utilización del indicador del nivel de ingreso para la asignación de la AOD, principalmente a partir de dos argumentos íntimamente relacionados.
Para el caso de América Latina y el Caribe, CEPAL (2012) plantea la necesidad de tener en cuenta las brechas estructurales que afectan a los PRM y limitan sus oportunidades de desarrollo.
El enfoque del desarrollo en transición (OCDE et al., 2019) “reivindica el desarrollo como un proceso más que como un punto de llegada, defiende una mirada multidimensional del bienestar frente a las visiones simplificadoras centradas en el ingreso, y pone atención sobre la agenda prioritaria de la cooperación en esos países en torno a las trampas estructurales que sintetiza en cuatro ejes: la trampa de la productividad, la de la vulnerabilidad social, la institucional y la medioambiental” (COSTAFREDA; CORTÉZ, 2020).
Estos debates y nuevas propuestas reflejan la necesidad de renovar la mirada de la cooperación hacia los PRM, respondiendo más adecuadamente a la Agenda 2030, que incorpora brechas de desarrollo antes no visualizadas por las agendas globales.
En el ámbito de la cooperación descentralizada, este desafío de renovación es válido para aquellos enfoques que la consideran como parte de la AOD. No es así para otras visiones, como la del OCD, que se asientan sobre la especificidad y el valor añadido de las relaciones de cooperación entre entidades subnacionales, y por ende, no se enmarcan en los criterios del CAD.
El dinamismo de los países emergentes en la cooperación al desarrollo y la falta de recursos de los tradicionales miembros del CAD ha contribuido a cambiar algunas de las modalidades de cooperación tradicional y a buscar nuevos socios (por ejemplo, las empresas) y fuentes de financiación (fundaciones privadas).
Un ejemplo paradigmático de nuevas modalidades es la emergencia de la cooperación sur-sur y la cooperación triangular que ya cuenta con varios años de recorrido sobretodo en América Latina (OJEDA y ECHART, comp., 2019) y en África. En el módulo 3 se abordarán estas modalidades y nuevas fuentes de financiación, en particular en el ámbito de la cooperación descentralizada.
La segunda década del siglo XXI comenzó en un contexto global de profunda recesión, crisis sistemática y agravamiento de la pobreza y las desigualdades. La llegada de la COVID-19 —inicialmente como crisis sanitaria, pero inmediatamente derivada en una crisis con impactos económicos, sociales, políticos y medioambientales (ALONSO, 2020)— puso sobre la mesa temas y problemas que ya estaban en el centro de las agendas internacionales.
Como sostiene Bonaventura de Souza Santos (2020), “La pandemia actual no es una situación de crisis claramente opuesta a una situación normal. Desde la década de los ochenta, a medida que el neoliberalismo se impuso como la versión dominante del capitalismo y éste se sometió cada vez más a la lógica del sector financiero, el mundo ha vivido en un estado de crisis permanente. La pandemia solo agrava una situación de crisis a la que ha sido sometida la población mundial”.
A nivel global, esta situación apela a la urgencia por nuevos modelos de desarrollo, inclusivos y sustentables; y llama a la necesidad de repensar la cooperación internacional. A nivel local, la pandemia COVID-19 visibilizó y profundizó problemáticas, necesidades y desafíos preexistentes, derivados de “los riesgos que el espacio local enfrenta cuando está sometido a la lógica de la globalización económica y a las políticas neoliberales” (MALÉ, 2020).
Todo ello fue objeto de debate del Ciclo de Seminarios Virtuales organizado por el OCD UE-AL y AL-LAs, durante los meses de abril a junio de 2020 y del cual participaron más 400 profesionales y autoridades de gobiernos locales y regionales.
Algunas de sus principales conclusiones fueron:
La crisis sanitaria del COVID-19 reveló la importancia de lo público, de las instituciones públicas, tanto para enfrentar la emergencia como para los procesos de recuperación post-pandemia.
Ello es particularmente importante en el nivel local porque se trata de una crisis eminentemente urbana y en cuya gestión los gobiernos locales cumplen un rol central (en el ámbito de la salud, la movilidad, el acceso a los servicios básicos, la atención a los grupos más vulnerables, la generación de alianzas con otros actores del territorio, etc.)
En muchos casos, incluso en países desarrollados, los gobiernos locales están enfrentando la pandemia con recursos, experiencia y capacidades muy limitadas; e incluso en ciertos casos han asumido responsabilidades en ámbitos que no son de su competencia.
Los gobiernos locales tienen también un rol central en los escenarios postpandemia, pues deberán ser capaces de definir servicios y políticas públicas eficientes e inclusivas para responder a desafíos en dos sentidos:
La crisis sanitaria interpela las maneras con las cuales se ha venido gestionado en las ciudades ámbitos como el espacio público; la movilidad y transporte público; la emergencia climática; los modelos de gobernabilidad democrática local en contextos de digitalización, entre otros.
La pandemia evidenció la necesidad de reforzar la capacidad de los gobiernos locales para dar respuesta —a través de sus servicios y políticas públicas— a estos desafíos; y la urgencia de mejorar del entorno institucional y normativo en el que actúan los gobiernos locales (clarificar sus ámbitos de competencia, articular las acciones con otros niveles de gobierno, promover reformas fiscales que mejoren la financiación local, etc.).
Todo ello refuerza el papel llamado a jugar a la cooperación descentralizada en la sociedad post-COVID-19 (ALONSO, 2020)”. Para ello, será necesario una replanificación estratégica que, sirviéndose de los principios de la Agenda 2030, desde una aproximación universal, holística e integral al desarrollo sostenible y teniendo en cuenta sus dimensiones económica, social y ambiental así como las interrelaciones que existen entre ellas, priorice acciones para el corto y medio plazo en los campos en los cuales la pandemia ha puesto de relieve grandes deficiencias.
La emergencia sanitaria del COVID-19 también puso de manifiesto la importancia de otras modalidades y mecanismos propios de la cooperación descentralizada horizontal: la puesta en común de conocimientos y experiencias y el aprendizaje entre pares.
Los gobiernos locales, mucho más que los gobiernos centrales, los han utilizado, en forma bilateral o a través de sus redes, para la gestión de la crisis, o incluso para las estrategias de recuperación.
El estudio “Repensar la cooperación descentralizada en un contexto de incertidumbres y transiciones múltiples” elaborado por PHARE-Territorios Globales y publicado por el Observatorio en 2022 amplía y analiza estos y otros retos y preguntas derivados del contexto actual. Sus autores plantean un debate y reflexión de fondo sobre la necesidad de revisar las agendas internacionales y locales, así como las modalidades y los actores de la cooperación descentralizada entre América Latina y la UE.
El estudio, fruto de los debates acontecidos durante la última Conferencia del Observatorio y que cuenta con las aportaciones de algunos de los más de 100 especialistas que estuvieron 2 días debatiendo alrededor de dichos temas, propone una agenda que oriente a la cooperación descentralizada a abordar los tres grandes temas que enmarcan el contexto de recuperación, transformación y transiciones múltiples (justa, ecológica y digital):
Durante el siguiente módulo se abordarán y analizarán las diversas modalidades de la cooperación descentralizada de acuerdo con este nuevo escenario “post-COVID-19” orientado a abordar una recuperación más justa y democrática.
AGENCIA MEXICANA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO (2017) “Mapeo de proyectos y acciones de cooperación internacionales de gobiernos subnacionales en México”. México DF.
ALONSO, J.A. (2020) “Notas sobre los desafíos de la cooperación al desarrollo y de la cooperación descentralizada en el nuevo contexto de la COVID-19”, OCD UE-AL, Barcelona
AYLLÓN PINO, B. (2017) “Latinoamérica en la cooperación internacional para el desarrollo. De la subordinación a los donantes a la autonomía de la cooperación sur-sur”, en SOTILLO, J.A. y AYLLÓN, B. (coord.), “Las transformaciones de América Latina: cambios políticos, socioeconómicos y protagonismo internacional”, Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación (IUDC), Madrid.
CEPAL (2019) Panorama social de América Latina 2019, Santiago de Chile: CEPAL, Naciones Unidas
CEPAL (2012) Los países de renta media. Un nuevo enfoque basado en brechas estructurales, Santiago de Chile: CEPAL, Naciones Unidas.
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Webs de interés
Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo
Comité Europeo de las Regiones
Comisión de cooperación de la Federación Española de Municipios y Provincias
Commission Nationale de la Coopération Décentralisée (CNCD)
Inflación en América Latina. Datos estadísticos. Statista
Informe Realidad de la Ayuda (2017), Intermón Oxfam
OECD Economic Outlook. Interim Report September 2022
Proyecto AL-LA’s, Alianza euro-latinoamericana de cooperación entre ciudades
Red Mundial de Ciudades y Gobiernos Locales y Regionales (CGLU)